Aviso: esta traducción está hecha por voluntarios de nuestra comunidad. No tiene autoridad legal y solo la versión en inglés sería oficial. Esta traducción es para que la comunidad hispanohablante entienda mejor las propuestas.

Iniciativa Para Prohibir Los Mataderos En Denver — Texto Completo de la Legislación

Título de la Medida:

¿Deben los votantes de la Ciudad y Condado de Denver adoptar una ordenanza que prohíba los mataderos y, en relación con ello, a partir del 1 de enero de 2026, prohibir la construcción, mantenimiento o uso de mataderos dentro de la Ciudad; y requerir que la Ciudad dé prioridad a los residentes cuyo empleo se vea afectado por la ordenanza en programas de capacitación laboral o de asistencia para el empleo? 

Ordenaza Propuesta:

Que sea promulgado por la Ciudad y el Condado de Denver, 

El Capítulo 24 del D.R.M.C. se modifica con la adición del Artículo XV de la siguiente manera:

ARTÍCULO XV – MATADEROS PROHIBIDOS

Sec. 24-703. – Intento Legislativo

  1. Los Habitantes de la Ciudad y el Condado de Denver encuentran que:
    1. Los mataderos son un fastidio por los barrios en donde se operan, debido a sus olores asquerosos que se producen, sus fachadas feas y la naturaleza desagradable de sus operaciones;
    2. Los empleos de mataderos son asociados con tasas extraordinariamente altas de lesiones en el lugar de trabajo, entre ellas el desmembramiento y la exposición a toxicidad, además enfermedades mentales y adicción debido a los daños psicológicos que sufren los trabajadores de mataderos;
    3. Las emisiones de las operaciones agrícolas industriales de animales son una causa significativa del cambio climático, con el ganado contribuyendo al 14.5 por ciento de todas las emisiones de gases de efecto invernadero según La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura;
    4. Se requieren acciones en todos los niveles de gobierno para abordar la crisis climática, y políticas que promuevan la transición a un sistema alimentario más sostenible y basado en plantas son recomendadas como una estrategia para enfrentar el cambio climático por El Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, una transición en la cual Denver puede ser líder; y
    5. La eliminación de mataderos en Denver fomentará la conciencia comunitaria sobre el bienestar animal, reforzará la postura de la Ciudad contra la crueldad animal y, a su vez, promoverá un ambiente más humanitario en Denver.

Sec. 24-704. – Definiciones

Cuando se usa en este artículo:

  1. “Matadero” significa cualquier edificio, instalación o establecimiento donde se matan animales de ganadería, según lo definido por C.R.S. §§ 18-9-201(2.9), para la producción de alimentos destinados a la venta a consumidores, o donde se matan animales de ganadería para alimentos a cambio de una tarifa u otra compensación por un animal que no es propiedad de la persona que realiza la matanza y que no está destinado a la venta por el dueño del animal.

Sec. 24-705. – Prohibido operar un matadero

  1. A pesar de cualquier otra disposición de este Código en contrario, a partir del 1 de enero de 2026, será ilegal para cualquier persona construir, mantener o usar, o causar o permitir que se construya, mantenga o use, un matadero dentro de la Ciudad y Condado de Denver.

Sec. 24-706. – Asistencia para ex-empleados de mataderos

  1. La Ciudad dará prioridad a cualquier residente cuyo empleo se vea afectado por este artículo en cualquier programa de capacitación laboral o asistencia en el empleo operado por la Ciudad, incluyendo aquellos provistos por el Fondo de Protección Climática.